A- de 2022
Ponente José Fernando Reyes Cuartas
✓Demandante Idalis Estela Almanza Bastidas Y Otro·Demandado Universidad Antonio Nariño
Temas y subtemas del fallo
Reseña de la relatoría (lo que se alegó y se resolvió, en prosa)
Teniendo en cuenta que en el presente asunto la Sala Octava de Revisión consideró pertinente y necesario decidir con las pruebas hasta ahora recibidas, procedió a levantar los términos que se suspendieron en el expediente T-8.284.856 y decidir en el lapso de tres meses, los cuales se contabilizarán a partir de la ejecutoria del presente auto.
Se hizo la claridad de que el levantamiento sólo se ordenó frente a un expediente, porque los términos del otro expediente acumulado no han empezado a correr.
Qué decidió
Parte resolutiva (Resuelve)
✓Texto literal de la decisión, tal como consta en la sentencia. Complementa los pronunciamientos estructurados de arriba.
- RESUELVE
- LEVANTAR la suspensión de términos en el expediente T-8.284.856 al que le fue acumulado el expediente T-8.441.125. Por lo tanto, se decidirá en el lapso de tres meses, los cuales se contabilizarán a partir de la ejecutoria de la presente providencia.
La Sala que decidió
Distinguimos quién consta en la sentencia (firma, voto o aclaración) de quién probablemente integraba la Corte esa fecha. La diferencia se ve por color y por forma.